lunes, 15 de agosto de 2011

Recuerdan que ley obliga a hospitales y clínicas de la provincia de Talara atender emergencias sin pago previo ni demora

Pariñas/Talara, Ago. 15. A través de su portal web, el Colegio Médico (CMP) recuerda a toda la población que tiene derecho de ser atendida oportunamente en caso afronte una emergencia, sin pago previo ni demora, en cualquier hospital, clínica o centro médico del país.

Según indica decano de esa orden profesional, Ciro Maguiña, mucha gente desconoce la existencia de la Ley 27604, Ley de Emergencias, que asiste a los peruanos el derecho de ser atendidos, si su vida corre riesgo, en cualquier establecimiento de salud público o privado, sin condicionamiento de pago alguno.

“Este derecho puede ser ejercido en caso de que la vida del paciente realmente esté en peligro y no cuando se trate de un caso de gripe o de dolor de espalda”, apuntó Maguiña. La norma está vigente desde diciembre de 2011 y también incluye la obligatoriedad para atender las emergencias médicas en caso de partos.

Otro derecho que los pacientes pueden y deben ejercer es el acceso a la información, veraz y oportuna, sobre el padecimiento que sufren, el tratamiento a seguir y las medicinas que se les deben administrar. En ese sentido, los pacientes tienen derecho de firmar un consentimiento cuando van a ser operados quirúrgicamente y a denunciar si reciben un servicio inadecuado.

Sin embargo, la página web del Colegio Médico, resalta que a la par de esos derechos, el paciente también tiene una serie de responsabilidades, como el proporcionar al profesional de la salud que lo trata la información veraz, oportuna y completa de su estado, para que se le pueda hacer un buen diagnóstico y se le plantee un adecuado tratamiento. Así, también, acudir oportunamente a su tratamiento médico y seguir las pautas indicadas por el especialista. (AnAbTe)

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