viernes, 26 de agosto de 2011

OPINIÓN… Consulta previa, reivindicación y desarrollo

Autor:
Francisco Miró Quezada Rada (*)

El Congreso de la República aprobó, por unanimidad, la tan esperada ley de consulta previa, lo que, aparte de ser una adecuación al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscrito por el Perú, constituye una reivindicación histórica para los pueblos indígenas originarios de nuestro país y una señal positiva para la inclusión social.

En lo medular, la nueva norma indica que debe haber acuerdo entre el Estado y las comunidades para autorizar toda inversión en territorio comunal, aunque sin llegar a usar el calificativo de vinculante. En todo caso, se encarga a las entidades del Estado agotar todas las vías para hacer respetar los derechos y posturas de las comunidades.

Después de que el gobierno anterior observara el proyecto presentado previamente, debe saludarse y reconocerse ahora el esfuerzo de todas las actuales bancadas parlamentarias por lograr un consenso político sobre tan delicada materia, con base en cinco documentos.

El reto ahora es compatibilizar esta nueva norma con el plan general de inversiones del Gobierno Central, de modo que no se paralicen las inversiones. Efectivamente, en su artículo 15 la nueva norma acota que para que haya una decisión sobre la aprobación de una medida legislativa o administrativa, es necesario evaluar “los puntos de vista, sugerencias y recomendaciones planteados por los pueblos indígenas u originarios durante el proceso de diálogo, así como el análisis de las consecuencias que la adopción de una determinada medida tendría respecto a sus derechos colectivos reconocidos constitucionalmente en los tratados ratificados por el Estado Peruano”.

Tal acuerdo es obligatorio para las partes, y en caso de entrampamiento, corresponde a las entidades estatales “adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas y originarios, de tal forma que no se afecte el derecho a la vida, la integridad y el pleno desarrollo”.

Para evitar interpretaciones genéricas, se torna sumamente importante que, al redactar el reglamento respectivo de la ley, luego de que sea promulgada por el presidente Ollanta Humala, se evalúe detenidamente sus alcances sin exceder el ámbito de lo aprobado, con realismo, responsabilidad y sin inflar expectativas.

Finalmente, luego de la grave y cruenta experiencia de Bagua, queda claro que no se puede avanzar en proyectos extractivos sin la debida licencia social, lo que obliga al Gobierno y a las empresas a dar más énfasis a sus políticas de comunicación y responsabilidad social con las comunidades. Y es que tampoco se puede paralizar proyectos de inversión, en minería o hidrocarburos, que son fuentes primarias de desarrollo y recursos tributarios, fundamentales para crear más empleo, dinamizar la economía y asegurar la marcha del Estado y sus políticas de apoyo social.

Todo ello debe motivar a las entidades involucradas –principalmente la Defensoría del Pueblo, y los ministerios de Energía y Minas y del Ambiente— a poner las bases de una nueva cultura de diálogo y entendimiento, para mitigar los conflictos sociales prevalentes y evitar que se produzcan nuevos.

A su turno, los líderes de las comunidades indígenas deben asumir su responsabilidad de coordinar con las autoridades la aplicación de la ley y explicar su ámbito de acción y límites a sus comuneros, sin interferencias politiqueras o ideologizadas que desvirtúen la histórica nueva ley y su agenda comunitaria.

(*) Periodista.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario