miércoles, 15 de agosto de 2012

E D I T O R I A L



NUEVAMENTE EL ALCALDE DE TALARA ENFRENTARÁ AL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES.-

El hecho que una autoridad de cualquier región del Perú, enfrente por segundo o tercera vez a un tribunal o Jurado Nacional de Elecciones-JNE., constituye un precedente jurídico que influye en el ánimo de todo juez o tribunal jurisdiccional, convirtiéndole en un elemento vinculante e influyente a la hora de tomar decisiones.


Ocurre que el señor alcalde Rogelio Trelles Saavedra, de la provincia petrolera de Talara, compareció ante el mismo tribunal jurisdiccional de asuntos electorales, requerido por un 'primer' pedido de vacancia, el pasado mes de junio del 2011. Fué a solicitud del comunicador social Alejandro Vilchez Pardo, quien alegó la comisión de delito, naturaleza: "conflicto de intereses", infracción previstas en los arts: 23, 63º de la ley 27972, o Ley Orgánica de Municipalidades.

 El fallo que evacuó el JNE. fué en "opinión dividida" de: 3 votos en contra y 2 votos a favor. Ello quería decir que dos vocales de dicho Jurado, calificaron la existencia de la comisión del delito, denunciado por Vilchez Pardo. A su vez, la ciudadanía petrolera, aún cuando el fallo le fué favorable en las circunstancias mencionadas a la primera autoridad, quedó convencida de la inconducta, y fundamentalmente, que consideró parcializado, o cuestionable el fallo emitido.

A escasos meses de dicho pronunciamiento del máximo jurado de elecciones, el mismo, nuevamente es requerido para deslindar un 'segundo' pedido de vacancia; esta vez a solicitud del abogado Jorge Arellano Silva, quién dió cuenta de la comisión de otro presunto delito de Conflicto de Intereses, esta vez a su favor de las empresas del acusado, aprovechando su condición de alcalde.

Arellano Herrera, dice que existe la comisión de dicha causal de vacancia del cargo de alcalde contra Trelles Saavedra, por haber dispuesto y autorizado la "prescripción de deuda tributaria" en afección a los intereses del Estado. Deuda que según el denunciante, se encontraba vigente y denegada su prescripción, por las 2 anteriores administraciones municipales.

La denuncia que debe ventilarse este próximo viernes 17 de agosto, fecha programa por el JNE. para la vista de la causa; argumenta que la indicada autoridad, ordenó la prescripción de un adeudo de 150 mil nuevos soles, concerniente a obligaciones tributarias de sus empresas: San Luis y Clínica Tresa; son las mismas -dice- que en sus declaraciones juradas, han manifestado encontrarse sin ningún riesgo de caracter empresarial o financiero, quiebra social etc.

La vista de la causa, ha sido prevista para el próximo viernes 17 de agosto a horas 9.30, según resolución remitida a las partes litigantes por el JNE. Amen de ello, en la ciudad de Talara, se ha establecido un ente revocador, quien recaba las firmas de ley, a mérito de solicitar por intermedio de un segunda vía constitucional, la descalificación de la primera autoridad municipal-

Estos precedentes de orden legal, y social, constituyen una lectura, del elevado descontento ciudadano que pesa en la ciudad petrolera de Talara, y que establecen una descalificación en torno a la decisiones y conducción política de la MPT. Cualquiere que fuere la naturaleza del fallo que emita el JNE., no será suficiente para levantar o terminar con el malestar social reinante; Talara, es una población socialmente hoy polarizada, que vive la intranquilidad por los errores, pasionismos, autoritarismo de una autoridad largamente cuestionada.
 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario