miércoles, 5 de junio de 2013

CORTITAS Y SABROSITAS.

 
JUGADA DE SALÓN.... Ha sido la decisión de otorgar mandato de arresto domiciliario al alcalde Trelles. Es una jugada digna de otra causa. Primero el fiscal de la investigación preparatoria pide la detención preventiva, con ella entretiene y confunde, mientras que el informe queda lleno de omisiones, fácil presa para comerse como galleta en el juicio. SEGUNDO: El juez aparenta cumplir con la ley da un mandato de arresto refugiándose en una falsa interpretación de los reos sin cárcel por vejez demostrada. Ahora si, Sullana con la pelota frente al arco, la empujará diciendo: "revocamos el arresto domiciliario" y, el reo vuelve a ver la luz del día.

ALCALDE DESDE LA PRISIÓN..... El arresto domiciliario es prisión aplicada en esa modalidad por humanidad tomando en consideración el límite de la edad. De tal manera, que la persona que sufre esa condena benigna, no deja de tener los impedimientos que tiene cualquier otro reo común. En caso del Alcalde Trelles, en efecto no ha dejado de ser alcalde, pero sus situación legal, le suspende sus prerrogativas de autoridad, hasta que se dirima su responsabilidad final.

SIN ANTECEDENTES.... En el mundo, que una autoridad reprimida su libertad por investigación legal, desde los calabozos de la prisión, firme resoluciones, convoque a sesiones de concejo, otorgue la buen pro de obras. Para evitar esta incongruencia, la ley le suspende en sus funciones hasta que se delimite la situación legal y se le declare inocente. Si resultare culpable será vacado definitivamente.

EL PUENTE SULLANA... Que la justicia por razones de localidad de la Corte, pase por Sullana, es como meter a alguién en un callejón oscuro y sin salida. Todos sabemos cuan difícil es ganar una causa en el llamado "Horno de Sullana". Por ello, existe la presunción que los jueces de Sullana lo sacarán del arresto domiciliario antes que se queme. En este lugar, son expertos en salvar a reos, ahogados en el mar de la justicia.

INTERPRETACIÓN REAL Y LEGAL..... De la decisión legal de interrumpir la libertad del Alcalde de TALARA. Constituye un argumento de peso, que la medida cautela un debido proceso, en este caso en favor del Estado. Además ya es un indicio que se reserva la justicia al calificar los hechos investigados. En una palabra el juez a nombre del derecho y la justicia, expresa ya, una convicción de la culpabilidad del reo.

LA GRAN VENTAJA..... Es la concedida por el Juez Candela Córdova al admitir como vivienda del inculpado el condominio de propiedades donde albergan los profesionales de Petroperú. Ese condominio al pertenecer a PETROPERU, se constituye en una zona anexa de la actividad laboral. La cárcel domiciliaria, limita y mantiene los rigores que establece la Ley, no es la salita del SIN, ni el refugio dorado de FUJIMORI.

Y LOS SEÑORES REGIDORES.... Siguen sumando palitos de mas meses de cárcel por no haber ejercido la función que demanda la ley. Ellos, en capacidad de entendimiento, ya hubieran convocado a una sesión de urgencia para no generar el vacío legal, -o- estado interregno municipal. No lo han hecho, y mas bien, han contribuido a un estado desobediente, insurrecto, transgresor. Todo esto en su momento, y cuando la leyes las administren verdaderos hombres de derecho, van a llorar como Fujimori pidiendo piedad, humanidad e indulto.

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