jueves, 20 de junio de 2013

A C T U A L I D A D

SERVICIO CIVIL ¿VERDADERA MERITOCRACIA?
 
 
Cuando los profesionales jóvenes del país tomamos conocimiento de los lineamientos del Acuerdo Nacional, especialmente donde se anuncia la decisión de modernizar la administración pública y la revalorización de la carrera administrativa, muchos de nosotros esperamos que realmente se cumpliera para así poder insertarnos en un servicio que concebimos como de gran impacto social, con mecanismos de transparencia y erradicando toda forma de corrupción o de utilización proselitista del Estado. Este año, cuando se empezó a discutir el proyecto de Ley del Servicio Civil, pensamos que efectivamente se iba a dar cumplimiento al Acuerdo.
 
Pero, para sorpresa de muchos, quienes ahora están al servicio del Estado se manifestaron abiertamente en contra y una parte de la opinión pública creyó que los trabajadores, por incompetentes y cercanos a la corrupción, no querían ser evaluados y estaban en contra de una carrera pública basada en la meritocracia. En esta coyuntura, por ética decidimos investigar a qué se debía la oposición de los trabajadores y acudimos al proyecto de marras.
 
Los siguientes son algunos hallazgos: 1.- Los trabajadores sostienen que el proyecto apunta a despedir a muchos de ellos. Los congresistas dicen que no, pero el artículo 11 dice que una de las causales de conclusión del servicio es la “supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas, entendidas como las innovaciones científicas o de gestión o nuevas necesidades derivadas del cambio del entorno social o económico que llevan cambios en los aspectos organizativos de la entidad”. Otro numeral del mismo artículo dice que también se acaba el vínculo “Por extinción de la entidad”. Con los antecedentes conocidos de la historia reciente, creo que la sospecha es válida, ya que esto es bastante subjetivo. 2.- Los trabajadores afirman que el proyecto vulnera derechos sindicales. Los congresistas dicen que no, pero el artículo 20 determina que el personal del servicio civil tiene derecho a negociar (vía sindical) condiciones laborales como jornada de trabajo, permisos, licencias, local sindical, capacitación, uniformes, etc., pero no incrementos salariales, porque estos requieren recursos adicionales a los asignados a la entidad. Me da la impresión de que no solo están reduciendo los derechos sindicales a mínimos anticonstitucionales y antihistóricos, sino que además hay un cierto tufillo a más centralización: todo se resuelve desde Lima. 3.- En la exposición de motivos, el proyecto señala que se busca que los servicios públicos puedan ser sostenidos independientemente del cambio en el gobierno de turno. Como aspiración es perfecta. Pero veamos cómo piensan hacerlo.
 
El artículo 47 del proyecto dice que “para calificar a la progresión (ascenso) el servidor civil de carrera debe contar con al menos una calificación de personal de buen rendimiento en las evaluaciones de los dos últimos años”. Muy bien. Pero el artículo 78 dice que “las entidades solo podrán calificar como personal de rendimiento distinguido hasta el 10% de los servidores civiles en cada evaluación”. Resulta obvio que cuando en una entidad haya un número mayor de trabajadores que merezcan la calificación distinguida, será la autoridad de turno la que decidirá a quiénes reconocerán dicho mérito. Con lo que queda demostrado que no se cumplirá la exposición de motivos y menos el anuncio de la meritocracia. Y si juntamos esta arbitrariedad evidente con la otra del servicio militar obligatorio para quienes no son estudiantes universitarios y/o no pagan la multa de S/.1 850, más todos los “sí o sí” y “va o va” resulta que ya estamos muy cerca de la prepotencia tradicional y bastante lejos de la verdad, la racionalidad y la inclusión.

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