miércoles, 27 de noviembre de 2013

DESDE MI ESQUINA (ESCRIBE: RICHARD KINBOLL)

¿SE PUEDEN PEDIR CONSTRUIR UNA CIUDADELA UNIVERSITARIA CUANDO NO HAY LEY QUE LA CAUTELE?
 
 
Se trata de un caso un tanto extraño; voy a emitir mi opinión como muchos otros pueden hacerlo.  El origen de una aparente disputa que no existe, tiene sus bemoles/ interés de alguien a quien llamaré corrupción desaforada que sigue vivita y coleando/ persiguen desestabilizar al gobierno Municipal de Talara presidido por el Arquitecto Timaná Galecio, el ciudadano, que con perseverancia, consecuencia, integridad,  logró la vacancia y desarticulación de un terrible engendro canceroso.

Trataré de explicar, la causa de un desencuentro cuyos móviles están a la vista.  Ocurre que desde el año 1993, la MPT por intermedio de un acuerdo de Concejo, dispuso el adjudicamiento de 18 hectáreas de terrenos de su propiedad, a favor de la construcción de una Universidad propia de Talara.  Como en aquel tiempo Talara no tenía el instrumento universitario, la propuesta fue direccionada, a ser ejecutada por intermedio de la Universidad Nacional de Piura.  Han trascurrido 20 largos años sin que la obra se inicie, siendo seguro que en cumplimiento de lo establecido en la Ley, el acuerdo haya prescrito.

Desde el año 2011, por una decisión muy política de la UNP. (En otra oportunidad analizaré), se creó una "FILIAL" Universitaria en Talara, la misma que durante dos años ha fijado su domiciliode funcionamiento, pimero en un conocido colegio secundario del medio, y en los últimos meses en un local municipal.  Desde luego, la UNP no efectuó construcción, inversión que diera la idea de un proyecto serio, sustentable y, a la paridad de una Educación Univesitaria. (sustentable, de calidad, con investación)

En las semanas próximas pasadas, el estudiantado de la referida "FILIAL", inició un movimiento a efectos de exigir que la MPT, ratifique la adjudicación del área desaportada en 1993 en favor de la UNP, exigen el otorgamiento de todas las 18 hectáreas, pero en favor de la UNP; es decir, debe inscribirse en los RRPP. a nombre de la mencionada entidad universitaria.  La incertidumbre surge por saber que grado de seguridad se tiene que  el terreno en posición y propiedad de la UNP. nunca llegue a construirse para los fines propuesto.  Significa que en el futuro pueda presentarse un litigio sobre legalidad de la propiedad.

Este es el dilema principal.  Que el pleno de la MPT., sin agotar las exigencias legales procede en otorgar toda el área de terreno en favor de la UNP. para que esta proceda en iniciar la construcción de una CIUDADELA UNIVERSITARIA, que es la exigencia de los estudiantes.  Viene entonces la pregunta, ¿ Puede una Municipalidad desaportar un terreno a favor de una Filial que en el término legal no existe?.  

¿ Puede operarse la adjudicación de un terreno en circunstancias que existe una Ley Nacional (Ley 29971) que prohibe la creación de Universidades y filiales por el término de cinco años? Podría incoarse una grave irregularidad de conflicto funcional en detrimento de los autores, por la ejecución de un acto fuera del marco legal y del Estado de Derecho. No hay que olvidar que una Ley General está jerárgicamente por encima de un acuerdo o ley municipal.

La situación de peligro que afectaría la propiedad de la MPT., estriba en el hecho, que un pleno de regidores en gran mayoría, todavía respira la nostalgia de la gestión corrupta, luego, podrían por razones de interés político, votar a favor de un supuesto beneficio de la juventud estudiosa.  El trasfondo, sería confrontar aquella decisión con la primera autoridad municipal quien adelantó opinión en el sentido que extremaría la cautela del bien municipal.

Los estudiantes, erróneamente asesorados, atribuyen que el alcalde Timaná Galecio se opone al funcionamiento de la Universidad, lamento decir que  ese no es el debate .

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