martes, 19 de marzo de 2013

E D I T O R I A L

QUIÉN REVOCA LA REVOCATORIA?


Confrontar las leyes con la realidad es importante.  La praxis, enseña que esta experiencia lleva a descubrir la falencia bien por exceso o defecto de las mismas. Allí queda demostrado que muchas de las leyes promulgadas en el Congreso de la República Peruana, no responden a la realidad.


El reciente proceso de Revocación efectuado en la Capital Lima, contra la alcaldesa Susana Villarán, admite que la Ley de Participación Ciudadana, tiene muchos defectos para corregir.  Así como existe hoy, demuestra que no tiene los canales de equidad y proporcionalidad, condiciones esenciales de toda LEY.


El caso, al concluir el proceso de Lima, ha dejado entre los especialistas la recomendación que la indicada ley de marras, debe someterse a una remoción, buscando que responda al verdadero espíritu de su propuesta.  Nadie dice que es necesario abolirla, se busca que no sea objeto de pueriles manejos de entorno político que lejos de corregir, desequilibre el sistema.


Verbigracia, no es menos cierto que la mencionada Ley, admite una grave incongruencia legal.  Una autoridad que es elegida en acto universal, jurídico, democrático y por una gran mayoría, no debe estar sujeta desde la misma hora de su victoria, a la voluntad de los perdedores buscando su revocación. La incongruencia está en el hecho que las minorías no convalidadas en el acto jurídico electoral, no pueden cambiar la voluntad popular.

Ahí el mecanismo observado debe perfeccionarse. La lógica corriente y elemental, dice que un resultado convalidado por el máximo organismo electoral del Perú, que da lugar al reconocimiento legítimo y legal de una autoridad, no debe ser objeto a proceso de revocación, a solicitud de sus adversarios perdedores.

Ello, no quiere decir que los defectos de una ley,  son base para anular su fin social.  Las leyes se van perfeccionando, es un corolario que establece la dialéctica del derecho.  Sin dejar de legislar, en necesario admitir que una autoridad que hizo un programa o proyecto de ofrecimientos a sus electores, debe ser sometida a una sanción impuesta por la misma democracia, sin retirarle la vigencia, ni anular su derecho.  La medicina no puede ser peor que la enfermedad., 

La idea es que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o, la Onpe, sea en adelante la oficina 'fedetaria' de programas o propuestas de gobierno que acrediten partidos políticos, agrupaciones vecinales independientes y, candidatos que accedan a la función pública del Estado.  Así quedaría establecida la exigencia perentoria que los gobernantes en adelante deben respetar su propia propuesta y honrar su palabra.
La ciudadanía en adelante en lugar de dedicarse a la tarea tediosa y, corrupta de recolección de firmas, recurría al JNE.  para poner en conocimiento que determinada autoridad, obviando los plazos previstos, no va cumplimiento el ofrecimiento que dio lugar a su nombramiento.

El caso es que obligaría a Partidos políticos y agrupaciones independientes a precisar sin ambigüedades las propuestas cronológicamente y, el Jurado sería en ente verificador, contralor, fiscalizador que la democracia y la buen fe se cumpla. Así, no existirían disculpas ni pretexto ajenos para interrumpir la gestión de una buena autoridad.  Salvo mejor parecer. 

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