sábado, 29 de setiembre de 2012

E D I T O R I A L




URGENTE: "ELIMINEN EL ZAFARRANCHO DE LAS REVOCATORIAS"


Que los electores peruanos tengan derecho a ejercer la Participación y Control Ciudadano (Ley 26300), y a emitir opinión, cuando las circunstancias requieran saber  su parecer sobre el desempeño de sus autoridades, no sólo de ello estamos de acuerdo, también, que bajo el mismo espíritu, se tenga un efecto multiplicador  a los beneficios. 


Hoy, en el presente tiempo, cuando corre peligro la moral y la corrupción extiende sus tentáculos; se hace perentorio extender y profundizar mas medidas democráticas de control, buscando no dar espacios, a que los sistemas de gobierno se trastoquen con esquemas que van generando la corruptela generalizada de la sociedad.


Lamentablemente, de esas inconductas, actitudes réprobas, se ha visto poblando todo el sistema de la Administración Pública del Estado Peruano.  Irónizando, podemos asegurar, que si existiera una sola administración nacional, que se mantenga dentro de los cánones de la rectitud, moral, honradez;  eso sería un gran milagro.


Precisamente, por aquel estado de calamidades, cuando anteriormente había que esperar cuatro años para el cambio de una autoridad, el Congreso de la Repùblica, preparó y aprobó una Ley: 26300 de los Derechos de Participación y Control ciudadano,  buscando otorgar mas democracia, mas control, fiscalización, para superar, enmendar los grados de desaciertos, corrupción, y otros.. que se produjeran en el acontecer de las gestiones públicas.


Y nació la Ley de Control y participación ciudadana, con el ánimo de cortar por lo sano las trasgresiones, arbitrariedades, aprovechamientos indebidos, ausencia de ejecución de las promesas electorales.  Establece la Ley, que frente a hechos comprobados de esta naturaleza, el Jurado Nacional de Elecciones, autoriza, previo cumplimiento de los requisitos, la realización de consultas populares, buscando comprobar la competencia o la insolvencia, de una autoridad representativa, elegida en el marco de la democracia..


Pero como reza la expresión popular: "Hecha la ley, hecha la trampa", el beneficio al derecho ciudadano, bien pronto fué usurpado en la mayoría de los casos, por los candidatos o grupos políticos perdedores de las lides electorales.  Como la ley indica, después del primer año de gobierno, los electores ya pueden solicitar el ejercicio de la consulta popular, o derecho a revocatoria,  sirviendo ello de boomerang a los perdedores, quienes capitalizando la coyuntura a su favor, interponen temperamentos tendientes en afectar las gestiones y avances planificados.


Terminada las contiendas electorales y reconocidos los vencedores, no bien juramentan las nuevas autoridades, ya tienen encima otra guerra, esta vez sin cuartel... propiciada, alentada por los desautorizados en el voto popular.  Ese es el primer mal que contrae la indicada Ley, es atentatoria contra la estabilidad democrática, es permanentemente conspiratoria, detiene y retrasa el avance de las gestiones que se van articulando en base a la capacidad, y en cumplimiento de la base legal.


El segundo gran daño, lo constituye el 'mal agregado' en pueblos que se vuelven enemigos, quedan polarizados luego de las contiendas de revocatoria.  Eso se observa hoy, cuando estamos ad-portas de los procesos, y las autoridades cuestionadas para poder neutralizar a sus revocadores, llevan a sus huestes, a enfrentarse en verdaderas guerras y luchas intestinas por el acoderamiento del poder.


Estas nefastas consecuencias que ponen en peligro la paz interna de los pueblos, debe llevar a deliberar a los legisladores de la patria, buscando entronizar las medidas correctivas que eliminen las contradicciones de la ley en referencia.  Ella, debe ser un verdadero instrumento que propugne la unión de los conciudadanos, que estabilice los tiempos democráticos de gobierno.  El sistema, debe procrear un nuevo instrumento justo, necesario, constructivo, evitando la comisión de odios con violencia.  La actual ley, por sus contingencias, deviene en un zafarrancho.

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