viernes, 14 de setiembre de 2012

E D I T O R I A L


LAS HUELGAS Y PAROS POLÍTICOS SON SABOTAJE A LA NACIÓN
 
 
Creemos que es necesario ventilar la revisión del: "Derecho Constitucional a la Huelga". Definitivamente, todos los derechos sustentados en las Leyes de la Nación, son susceptibles a modificaciones, ajustados a las exigencias de los tiempos. No quiere decir, modificarlas, necesariamente para anularlas, también implica todo lo contrario.
 
En todos los países de mundo democrático y civilizado, el ritmo de la vida se vá graduando. Se inspira en la dialéctica; materia, disciplina que predica que nada es estático, los fenómenos sociales, son evolutivos, se ajustan a la naturaleza de lo perfectible. Todo debe operarse por interés de la humanidad, o interés social. No es atentatorio en cada trecho del tiempo verificar si alguna norma está vigente; es justo y necesario operar ajustes.
 
La Constitución Política del Perú, admite el recurso de la huelga laboral, para cuando la empresa, empleador, desconozca los derechos establecidos en la Ley; verbigracia... la jornada de las ocho horas de trabajo, salario dominical, derecho a la sindicalización, etc. En ese caso, el Estado de Derecho, facultad el uso de ese recurso. Se supone que en el transcurso de su aplicación, la empresa no puede tomar represalias, operar despidos, sabotaje al trabajador, etc.
 
Para que el Estado reconozca cuando una huelga es legal y no política, ésta, se somete al fuero jurisdiccional, deslindando si su naturaleza se ajusta a los cánones legales, teniendo toda facultad de protegerla, otorgándole la tutela respectiva. La huelga, dentro de una definición doctrinal, merece el máximo respeto, la empresa para no provocarla, y el sector laboral para no hacer mal uso de su ejercicio.
 
Pero, como todo: "no puede meterse en un mismo saco", buscando una adecuación con los tiempos que se viven, se hace necesario que a la indicada ley se le dote de pragmatismo, se le haga mas real, y definitivamente que su transitar o resultados, no afecten los derechos de terceros, como lo es la ciudadanía toda, o la sociedad en su conjunto.
 
Por ejemplo, las huelgas en los sectores: Salud, justicia, educación, alimentación.. deben ser sometidas a reingenierías jurídicas. No es sobre entendible que en el curso de ellas, el Estado peque de soberbio e insensible; o por el otro lado, los actores en huelga de esos sectores, no entiendan, que esos derechos ciudadanos no pueden suspenderse.
 
Resulta antagónico, incongruente.. que un Estado como el Perú, existan: "huelgas de salud, educación, justicia y otros". Existe un principio jurídico que dice: "Tu derecho termina, donde comienza el derecho de los demás"; entonces, ¿cómo podemos admitir que a la ciudadanía se le suspendan sus derechos a la salud, justicia, alimentación, y al estudiantado peruano su derecho a la Educación?.
 
Sin que, ni uno ni otro (Estado-trabajadores), tengan que perder prerrogativas, o que se atente con la verticalidad de la facultad legal; el Poder Legislativo Peruano, debe provocar los cambios, las innovaciones sociales, que lleven fundamentalmente en poner fin a la diferencias absurdas existentes, a las intrascendencias de proyectos doctrinales. La sociedad, La República, El Estado, deben avanzar en el mismo camino. La vida nacional no debe paralizarse por la coyuntura política de incomprensiones de un lado, e imperio político del otro. Lo terco, insensible, el trasfondo político, se asemeja a la plaga que afecta y daña, termina paralizando a las sociedades democráticas.

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