domingo, 24 de julio de 2011

EDITORIAL...Cuál es el sentido social de la ley 29496

Escribe:
Ricaldi Ramírez Ruiz (*)

Ley Nº 29496: "AUTORIZASE A CREAR EMPRESAS MUNICIPALES ENCARGADAS DEL SERVICIO PUBLICO DE GAS NATURAL POR RED DE DUCTOS EN EL AMBITO DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y PROVINCIALES".

Todo parece intuir que se trata de una Ley expresa, es decir hecha con nombre propio. ¿Por qué? Sencillamente la respuesta está en el Capítulo Económico de la Constitución Política del Estado que aprecia lo siguiente: El Estado Peruano, sólo puede crear empresas donde no existe actividad del sector privado.  Es lo que taxativamente se conoce como: La subsidiaridad del Estado.

Nadie conoce, que tipo de pulgas "picaron" el ánimo de los congresistas para votar una Ley fuera del marco constitucional.  Es una Ley expresa, hecha a la medida de alguna empresa transnacional interesada.  Aquí se cumple milimétricamente aquella expresión que dice: "Hecha a la medida del zapato y hecha la Ley, hecha la trampa.

El texto de la Ley dice que su aplicación es posible si en la jurisdicción que produce hidrocarburos, en este caso, gas natural, no exista actividad privada.  Es el caso de una ley ambigüenta, que va a generar muchas interpretaciones, muchas trampas.  Por ejemplo la Municipalidad de Talara, ubicada en zona petrolera, ya mostró interés y de inmediato a convocado a una nueva reunión de la improductiva Mesa de Diálogo, donde tienen un asiento vitalicio las empresas petroleras principalmente PETROBRAS.

Todo el Perú sabe por elemental cultura general, que la Provincia de Talara es zona petrolera, en ella se explotan, se refinan y se comercializan los derivados de los hidrocarburos.  También sabemos, que en todo el noroeste peruano existen grandes cuencas gasíferas (Talara, Paita, Sechura etc.).  De tal manera que si se trata de interpretar al pie de la letra la Constitución del Estado -LEY DE LEYES- no habría aquí cabida para ampararse en la subsidiaridad del Estado. Pues esta actividad de procesamientos de hidrocarburos está copada por el sector privado (Petrobras, Savia, Sapet, Interoil, etc., etc.).

Cuando el contenido del texto de la ley 29496, dice en su primera y única disposición complementaria que la presente norma se aplica en las zonas donde el Estado no haya otorgado concesión para la distribución del gas a domicilio, teóricamente, ello no sería factible de aplicar en Talara,  en tanto existe una empresa Gastalsa, proveedora de gas por ductos a domicilios en  un sector de la poblaciòn. Lo cierto, es que su actividad está regulada por una licencia.

Amén de ello el Consorcio Savia-Korea construyó hasta cuatro años su Planta Envasadora Pariñas, ubicada al noreste de la ciudad, donde procesa gas que vende, exporta a diferentes regiones; uno de sus más cercanos clientes es la Empresa Eléctrica de Piura -Eepsa- que transforma el gas en energía eléctrica. No sería raro que esta u otra de las empresas mencionadas, cuente con licencias para operar el regreso del gas domiciliario.

Lo sintomático del caso, es la premura como la Mesa de Diálogo que preside el señor Alcalde Rogelio Trelles Saavedra e integrada principalmente por Petrobras, incluyó,  subrepticiamente en su agenda la aprobación de este proyecto.  Es un hecho controvertible, toda vez que la Mesa de Diálogo, hasta ahora en su longeva vida no concretizó ningún aporte social como: agua, Universidad, inseguridad ciudadana, etc.; ahora con suma celeridad aborda un tema donde no existe más operadores como las petroleras extranjeras.

En resumen, una mínima condición de suspicacia, advierte que aquí hay gato encerrado.  Las petroleras para favorecerse con este "negocito o faenoncito" dirán que es una actividad reservada al sector privado y tendrán maña para desconocer a la misma Gastalsa, salvo que a esta última se la echen al bolsillo.  Que dirán de esta inconstitucionalidad el mismo Tribunal Constitucional y los mismos señores padrastros de la Patria. Salvo mejor opinión.

(*) Periodista
Director NoticiasTalara.Com

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