lunes, 2 de abril de 2012


N O T I C I A S    T A L A  R A



El derecho a recibir utilidades está reconocido en la Constitución, sostienen




Empleadores obligados a entregar hoja de liquidación al personal. El incumplimiento de esta obligación podría implicar fuertes multas.


"El derecho a la participación en las utilidades está reconocido en la Constitución, siendo desarrollado de forma legislativa por normativa laboral especial, la cual establece qué empresas están obligadas, requisitos para el otorgamiento, formas de distribución y quiénes tienen derecho al beneficio, que surge como un reconocimiento a los trabajadores, que con su labor contribuyeron a las ganancias de la empresa", explicó el abogado Dr. Roberto Farías Ruiz.


En diálogo con El Regional de Piura – Prensa Digital Talara, indicó que las empresas obligadas al reparto deberán hacerlo a los 30 días calendario, contados desde la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (IR), que según el cronograma de la SUNAT, se realiza desde el 26 de marzo hasta el 10 de abril.


"Los obligados son aquellas empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría y que hayan tenido 20 o más trabajadores (en promedio) en el ejercicio 2011. Se excluye a cooperativas, sociedades civiles, empresas autogestionarias y aquellas con menos de 20 trabajadores", detalló.


Declaró que el porcentaje de las utilidades por distribuir está determinado por la actividad económica que desarrolla la empresa: pesqueras (10%), telecomunicaciones (10%), industriales (10%), mineras (8%), de comercio (8%) y otras actividades (5%). Este se aplica sobre la renta anual imponible, antes de impuestos, según lo calculado por la empresa al regularizar el IR.


"Si la empresa desarrolla más de una actividad, para determinar el porcentaje de participación se considerará la actividad principal; es decir, la que generó más ingresos brutos", agregó.


Límite y deducibilidad del gasto


Según el Dr. Farías Ruiz, la participación en las utilidades de los trabajadores a título individual tendrá como límite máximo el equivalente a 18 remuneraciones mensuales vigentes al cierre del ejercicio.


"Para determinar dicho límite, el empleador deberá considerar tanto la remuneración mensual o sueldo básico de diciembre de cada año, incluyendo los demás conceptos remunerativos que aquél perciba", puntualizó.


Señaló que de existir un remanente, el empleador deberá destinarlo para la capacitación de los trabajadores y la promoción del empleo, a través del Fondoempleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), así como para obras de infraestructura vial, destinados exclusivamente a las regiones en donde se haya generado, con excepción de Lima y Callao.


Finalmente, Farías manifestó que la participación en las utilidades y las que el empleador otorgue unilateralmente a su personal por convenio individual o colectivo, son gastos deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría, siempre que hubiesen sido abonadas antes de la regularización IR al que corresponda distribuir.



Administradora "La Protectora" debe ser primera investigada caso de mal uso de Programa Censo en Petroperú Talara, afirman



Organización sindical defiende a afiliados comprometidos y exige auditoría médica e investigación de empresa administradora del programa Censo, de clínicas que dan servicio a Petroperú Operaciones Talara y trabajadores involucrados. La empresa "La Protectora" es la administradora del Programa de Atención Médica Censo.


En declaraciones al programa "La Semana", el secretario general del Sindicato Unificado de los Trabajadores del Petróleo, Energía, Derivados y Afines - Región Piura, Juan Castillo More, indicó que lo sucedido con algunos trabajadores del Programa de Salud Censo para él era un poco difícil pero que tampoco lo podían eludir. Dijo que al hacerle frente tenían que ser objetivos.


"Para nosotros, por ejemplo, siendo Petroperú una empresa que tuvo un buen año, que somos la primera empresa del sector hidrocarburos, la primera empresa en ingresos a nivel nacional, que tuvimos 411 Millones de Soles de utilidades netas...en algo esos resultados se ensombrecieron con este hecho", señaló.


Agregó que también debe quedar claro que, les guste o no les guste a algunas personas, una institución sindical su razón de ser es la defensa de los trabajadores afiliados y que cuando se habla de defender a los trabajadores no es porque se plantee la defensa cosas ilegales que no son correctas o una defensa de lo indefendible.


"Parte de nuestra responsabilidad, por ejemplo en este caso, es exigir que todos los procesos se realicen de una manera totalmente clara y fundamenten que si hay responsabilidad, esta tenga que ser asumida por el trabajador si se le comprueba", afirmó.


Sin embargo, para el dirigente sindical de Petroperú Operaciones Talara, lo que en realidad ha habido es una carta dirigida por parte de la administración a unos compañeros de trabajo donde se les asignaba un monto porque -supuestamente- se ha hecho mal uso del programa Censo.


"Para nosotros, en primer lugar, nuestra posición ha sido que no se puede aplicarle ningún monto a un trabajador mientras esto no haya sido analizado el hecho de una manera bastante transparente, clara y precisa. Por eso estamos planteando que se realice una auditoría médica para determinar las responsabilidades", expresó.


Castillo More explicó que este programa Censo funciona y lo da Petroperú porque está establecida por ley y por Convenio Colectivo. Resaltó que este programa tiene una supervisora que Petroperú la ha contratado para que asuma todos los sistemas de control. "Entonces en el hipotético caso que el trabajador hizo lo incorrecto entonces, desde nuestro punto de vista como gremio sindical, la empresa contratada para que administre el programa del Censo tendría también responsabilidad.


En segundo lugar, dijo, se tiene que ver hasta donde tienen responsabilidad las clínicas que brindan servicio de salud a los trabajadores de Petroperú, porque cuando un trabajador va hacerse una atención por este o cualquier otro programa de salud, por ejemplo luego de pasar la consulta el médico receta la medicina pero el trabajador no sabe cuanto se factura por la consulta médica y por el precio de la medicina.


"Que quede claro que con nuestra posición no queremos decir que el trabajador no tenga responsabilidad. En ese sentido como gremio sindical tenemos que ser claros y decir que si en este caso hay trabajadores que tienen responsabilidad tendrán que asumirla, pero después de una investigación totalmente clara, transparente y como se ha planteado en los niveles superiores de la empresa con una auditoría médica de por medio", remarcó.


"Aquí no se trata de decir, por ejemplo, que se le encontró a un trabajador un consumo por 200 Mil Soles durante dos años pueden decir que es excesivo y mal uso del programa, entonces para eso está el sindicato para exigir a la empresa que en realidad hubo un mal uso. Porque como repito, esa es la naturaleza de una organización sindical, no para apañar irregularidades sino para exigir una investigación que se realice en condiciones transparentes en la que se demuestre las reales responsabilidades porque como gremio jamás vamos a aceptar que la pita se rompa por el lado más débil, en este caso los trabajadores", aseveró.


En otro momento, el dirigente sindical pidió a los comunicadores sociales que cuando se toque este tema también se le de la oportunidad a las personas que están siendo involucradas para que ellos también tengan oportunidad a la defensa. Indicó que se debe esperar que concluyan las investigaciones, según el informe, recién se tomen las consideraciones del caso y los comentarios que amerite el tema.


"No nos parece correcto que en estos momentos una institución como es la administradora del Programa Censo que ciertamente también está involucrada esté tomando medidas supuestamente correctivas; pero creemos que en mérito a la transparencia todos los involucrados (empresa administradora, clínicas y trabajadores) deben entrar a la investigación", refirió.


Explicó que ni personalmente ni como gremio tienen algún acercamiento, menos simpatía con las clínicas Vigo y Torres. "Sin embargo, debemos decir que preocupa que se les haya rescindido el contrato ya que para cuando se requiera o haya una alta demanda de hospitalización sólo estaría habilitada un solo establecimiento médico. Seguramente, son riesgos que deben haber sido considerados por quienes han tomado esta decisión", señaló.


Finalmente, dijo que esperaba que en este caso no solo se comprometa a los compañeros afiliados, ante los cuales tiene esa obligación de estar vigilante con las de cisiones que tome la empresa.


"Lo hago porque así es la condición de la organización sindical de defenderlos y hacer todas las acciones que correspondan con la finalidad que esto llegue a conclusiones justas, donde el trabajador no sea el único afectado viéndolo como la parte más débil de la investigación", concluyó Castillo More.  


Primer regidor criticó suspensión de proyecto de capacitación a madres talareñas

El primer regidor de la Municipalidad Provincial de Talara, Jacinto Timaná Galecio, mostró su mortificación, al constatar que el acalde de Talara Rogelio Trelles Saavedra junto con los funcionarios, suspendieron el proyecto de capacitación a las madres de familia de los programas sociales a través de talleres de manualidades.


El regidor edil indicó que los talleres son importantes para las madres de familia que participan en los programas sociales como Vaso de Leche, y Comedores Populares, ya que les permite aprender cursos de tejido, bordados y la elaboración de aretes y tarjetas, ya que generan ingresos económicos propios para las beneficiadas, lo cual considera injusto que haya sido suspendido.


Por su parte, el alcalde de Talara, Rogelio Trelles Saavedra, manifestó que el proyecto fue temporalmente suspendido, porque el dinero se destinaba a una sola persona, y este podría prestarse a irregularidades, prometiendo que el proyecto continuará a cargo de la Gerencia de Recurso Humanos.

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