jueves, 19 de abril de 2012



E D I T O R I A L


 
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES

La Resolución emitida por el Tribunal Constitucional del Perú, en torno al acuerdo del Gobierno Regional de Cajamarca que preside Francisco Santos, declarando inviable el proyecto YANACOCHA, establece que la mencionada región, no tiene competencia en la mencionada decisión, poniendo nuevamente al debate las facultades de uno y otros Organismos de competencia constitucional.

El caso en concreto, deviene de la consulta que hizo el Ejecutivo ante el Tribunal de Revisión de la constitucionalidad de las leyes, pidiendo la opinión en torno a la decisión del Gobierno Regional de Cajamarca, quien cerrando el paso a la Empresa Yanacocha, declaró inviable la explotación de los recursos del oro en la zona del Conga, el complejo aurífero mas rico del mundo.

La opinión del Tribunal Constitucional que puede ser correcta, trae consigo el inesperado rol de los gobierno Regionales dentro de las atribuciones que le concede la Ley de Bases de Regionalización, y otras interpretaciones oportunas de aclarar. El Organismo consultor de la constitucionalidad ha respondido que la decisión de Cajamarca violenta la legalidad.

Esa decisión no solo deja sin piso a un Gobierno Regional, el caso en concreto concierne a todas las regiones del País. Ellos seguramente que de inmediato, convocarán una asamblea dando cuenta del asunto y buscando clarificar sus facultades en el verdadero entendimiento que les permite la leyes que los sustentan. El problema siguiente será que el Ejecutivo con el aclare respectivo, conmine a Cajamarca en levantar su acuerdo de inviabilidad y de un paso lateral en el negocio: Yanacocha con el Gobierno Peruano.

Creemos, que no va a resultar muy fácil que la Región Cajamarca, se someta y deje libre la cancha sin antes batirse hasta quemar el último Cartucho. El gran dilema para el Gobierno del Presidente Humala, radica en tener que lidiar no solo la posición del Gobierno de esa Región, sinó enfrentar al temperamento de un pueblo que de diferente manera, ha dicho que no quiere que se lleven su riqueza, no si antes, les ofrezcan todas las garantías, de manera especial.. la protección del medio ambiente y la preservación del agua.

Amen de ello, en la Asamblea de Gobiernos Regionales del país, ya se conoce extraoficialmente, porques es requisito sine-quanon, que se discuta el derecho donde han venido interpretando como facultad inherente, una prerrogativa concedida por la Ley de Bases de Regionalizacion; y ahora, una Resolución que los pone a todos ellos, en la incómoda realidad de admitir que en determinadas incumbencias serían convidados de piedras, pudiendo como en el presente caso, ser desconocida su presencia social, política, histórica, jurídica y administrativa.

Si fuere el caso que existiera un vacío legal, este debe superarse, antes de una decisión final del Proyecto Conga, para que los gobiernos regionales no queden desairados, y en definitiva continúe rigiendo e imponiéndose el Centralismo Limeño, especialmente, en asuntos donde se truncarían las determinaciones potestativas y autónomas que sustentan el proceso de descentralización.

El fallo del Tribunal Constitucional, amén de que pueda haber venido a llenar un vacío legal, en relación al papel de los gobiernos regionales, va a generar un ardoroso debate que va a tener que tomarse en cuenta, la incidencia del respaldo ciudadano hacia la autonomía que creian tener, todo, dentro del proceso descentralizado que se aplica desde el año 2002. La región Piura debe estar muy atenta a ello, pués en adelante con este precedente, los recursos como petróleo, fosfátos, minerales, gasíferos, etc. podrían tener riesgos y determinaciones inesperadas.


DIRECTOR  DE  ASPETA
RICALDI  RAMIREZ  RUIZ

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