lunes, 26 de mayo de 2014

Dr. Edhín Campos Barranzuela

EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL A DOS AÑOS DE VIGENCIA EN ANCASH

edhin campos
Este primero de junio, el nuevo Código Procesal Penal, cumplirá dos años de vigencia en cuatro Distritos Judiciales: Huánuco, Cerro de Pasco, Ancash y en el Distrito Judicial del Santa, este último convulsionado por los presuntos casos de corrupción, y crimen organizado.

Decir en alta voz, que solamente esto sucede en los Distritos Fiscales y Judiciales de Ancash y el Santa, no sería del todo correcto, pues la comisión de hechos ilícitos se ha extendido a todo el país.

El NCPP, que ya va a cumplir 8 años en el Distrito Judicial de Huaura y apenas dos en cuatro Distritos Judiciales del país, permite afirmar que el sistema penal acusatorio, con índices de oralidad, ha permitido ser una buena herramienta para luchar contra todo tipo de acciones ilícita y que si bien algunos pocos operadores no han actuado a la altura de la reforma procesal, ello es otro cantar, pues una golondrina no hace verano.

Nuestro país, hace poco más de un lustro emprendió un camino de reforma, destinado a modernizar el Sistema de Administración de Justicia Penal, siguiendo la corriente de cambios que se venía efectuando en toda América Latina; ésta reforma empieza con la promulgación del Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29 de julio de 2004, mediante el cual se dispone la entrada en vigencia de un nuevo texto normativo denominado “Código Procesal Penal”, el cual está enmarcado en un sistema acusatorio —   adversarial basado en la oralidad.

Su proceso de implementación, sobre todo en Ancash, ha implicado un continuo monitoreo y evaluación sobre su funcionamiento y los resultados que se vienen obteniendo, a fin de identificar los aspectos a fortalecer y realizar los ajustes necesarios, con miras a que el proceso de implementación sea exitoso a nivel nacional.

 La implementación del nuevo sistema procesal penal, realizada hasta la fecha en nuestro país, ha sido de manera integral en 23 Distritos Judiciales y estos son: Huaura, la Libertad, Moquegua, Tacna, Arequipa, Lambayeque, Piura, Sullana, Tumbes, Cusco, Puno, Madre de Dios, Cañete, Ica, Amazonas, Cajamarca, San Martín, Ancash, Santa, Cerro de Pasco y Huánuco, Loreto y Pucalpa, respectivamente.

No hay que perder de vista que la oralidad de las audiencias, en todos los órganos jurisdiccionales, es el hábitat natural del Juez y además el indicativo que la reforma procesal en el país viene dando resultados positivos y que somos ejemplo para los países de la sub región, que observan con beneplácito nuestro nuevo sistema acusatorio procesal penal, que tiene como firme propósito luchar contra la corrupción generalizada, la delincuencia juvenil, el sicariato, el marcaje y el crimen organizado.
Indudablemente la puesta en marcha de esta nueva legislación procesal penal, permitirá que disminuya en forma gradual la incidencia del crimen organizado y la delincuencia juvenil y por ende mejore la calidad de vida del ciudadano común y corriente, pues los procesos penales son más cortos y con todas las garantías constitucionales del debido proceso, pues no hay que perder de vista que la actual situación penitenciaria ha conllevado que la mayor cantidad de procesados, tengan la condición jurídica de imputados, que de sentenciados.

Finalmente en nuestro Distrito Judicial de Ancash, que cumple dos años de vigencia el nuevo Código Procesal Penal, tenemos la oportunidad de implementarlo de manera eficaz y eficiente, pues de las experiencias que han tenido otros distritos judiciales, podemos rescatar sus experiencias positivas y equivocarse menos y así hacer más predectible y predecible la impartición de justicia, pues al final del túnel, el verdadero protagonistas del proceso penal, el imputado, requiere de una justicia rápida, imparcial y transparente.   

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