miércoles, 13 de junio de 2012

N O T I C I A S

P o l í t i c a


Adiós al trabajo infantil


La erradicación del trabajo infantil en Perú es una prioridad para el actual gobierno, dijo el presidente Ollanta Humala. Para ello se elabora una estrategia a fin de disminuir la deserción escolar y evitar que haya niños laborando en las calles.


Durante su presentación ante la asamblea general de la OIT, reiteró la voluntad política del Estado peruano de articular la labor de las entidades públicas y privadas y orientarlas a la erradicación del trabajo infantil, sobre todo en sus peores formas.
Parte de esta estrategia busca reducir la tolerancia al trabajo que los niños realizan en las calles y generar puestos de labor decentes, con buenos ingresos económicos, para sus padres. Además -dijo- se creará una red de asistencia que restablecerá los derechos de los menores trabajadores que son víctimas a diario de explotación laboral.

De igual modo, el Presidente ratificó su compromiso de mejorar el acceso de los jóvenes al mercado laboral, mediante diversas acciones, como el fortalecimiento del Servicio Nacional de Orientación Vocacional e Información Ocupacional.

D e r e c h o

Cambios en compras públicas

Las recientes modificaciones a la Ley de Contrataciones del Estado, incorporadas mediante la Ley Nº 29873, establecen nuevas pautas para el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y, en especial, para los postores que participan en un proceso de selección, explicó el experto y miembro del Estudio Echecopar Juan Carlos Morón.

La norma detalla que los proveedores del Estado inscritos como ejecutores de obra ante el RNP tienen la obligación de contar con capital social suscrito y pagado en Perú. Así, será en función a este monto, y a la experiencia con la que cuente el proveedor, que se les asignará una capacidad máxima de contratación. Este capital no podrá ser inferior al 5% de su capacidad máxima de contratación.


Dicha condición, además, se aplicará tanto para empresas constituidas en Perú y las que no. De esta forma, para el caso de sucursales se tendrá en cuenta el capital efectivamente depositado en una institución financiera nacional, comentó.

Un mecanismo similar se utilizará para las empresas no domiciliadas, que deberán acreditar haber depositado en una cuenta abierta en una entidad financiera peruana, a nombre de su representante legal en el país, el monto con el cual se calculará su capacidad máxima de contratación, explica también un informe legal elaborado por el área regulatoria del Estudio Echecopar.

De acuerdo con dicho documento, los aportes dinerarios tendrán validez para el RNP solo si han sido aprobados por la Junta General de Accionistas u órgano análogo de la sociedad, previamente a su depósito efectivo, de acuerdo con los estatutos de cada empresa o con las leyes del país en virtud de las cuales se hubiera constituido la matriz. No obstante, la inscripción de empresas extranjeras ante el RNP se rige por el principio de reciprocidad, lo que implica que estas recibirán el mismo trato que reciben las compañías peruanas, en su país de origen, en temas de contrataciones del Estado.

La ley, igualmente, establece que estas no se le aplicarán a los proveedores de países con los cuales Perú tuviera vigente un tratado o compromiso internacional que incluya normas en materia de contrataciones públicas, ni a las mypes debidamente inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype).

Otros cambios importantes están referidos a la obligación, por parte del RNP, de publicar la lista de sancionados en el portal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Además, el listado de las entidades a las cuales el RNP puede requerir mayor información a la presentada por los proveedores y como parte de una fiscalización.

Ejecución contractual
La Ley Nº 29873 trae dos grandes novedades para la ejecución contractual. El primero, elimina la garantía de seriedad de oferta y precisa que para que las empresas emitan garantías no solo deberán estar en el ámbito de la SBS, sino además autorizadas para ello. El segundo, modifica la regulación sobre servicios de supervisión. Así, en casos distintos a los adicionales de obras, cuando se produzcan variaciones en el plazo o ritmo de trabajo de la obra, el titular de la entidad podrá autorizarlas bajo iguales condiciones del contrato original y hasta el 15% del monto originalmente contratado para el servicio.

A c t u a l i d a d
 
 

Instalarán equipos de alerta de tsunami


Estarán ubicados a lo largo de toda la costa peruana , dijo representante del MTC .Un total de 8 mareógrafos necesarios para la alerta temprana de tsunamis se instalará a lo largo de la costa peruana a partir del próximo año.


 

Los equipos permitirán la rápida evacuación de las poblaciones que habitan las llamadas zonas inundables, en caso de producirse un evento de esta naturaleza.
 
 
El viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), Raúl Pérez-Reyes, informó que la instalación de los mareógrafos se concretará gracias a una donación de ocho millones de dólares efectuada por la Agencia Japonesa de Cooperación Internacional (JICA).
Estos equipos se sumarán a los que ya posee la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú (MGP).
 
 
"De esta manera, tendremos un sistema de alerta temprana que permita detectar la presencia de tsunamis más allá de lo que reportan los sistemas de alerta sísmica que operan en el territorio nacional.
 
 
Se trata de un sistema de alerta que Japón ha desarrollado después del terremoto y tsunami ocurrido en Fukushima.
"El Perú, junto a otros países, está aprovechando la tecnología japonesa para mejorar sus sistemas de prevención", manifestó.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario