lunes, 1 de setiembre de 2014

E D I T O R I A L

 
LO JURÍDICO Y LO EVIDENTE


Nadie es culpable hasta que su situación legal no ha sido establecida con una sentencia firme y consentida. Toda persona tiene derecho a la presunción de inocencia; esta doctrina cautela a quien se encuentre judicializado en la presunta comisión de un delito.  Se violenta los derechos de la persona encauzada o comprometida en acusación penal, cuando no se observa a su favor el debido proceso.


En los tiempos actuales, a pesar de la evolución del derecho y las ciencias jurídicas, terminamos por reconocer que la estructura jurídica en el Perú, todavía no alcanza el verdadero espìritu para aplicarle sin el resquemor de lesionar el derecho y perjudicar a la persona ante quien se aplica un  proceso judicial.  Resumiendo, los mismos actores que intervienen en la laboriosidad del sector, admiten que se necesitan mas reformas que le otorguen la sabiduría doctrinal que necesita.


Ahora que en el Perú se desarrolla un proceso de elecciones democrática en su primera etapa de inscripción de  partidos políticos con sus candidatos, surgen múltiples inconvenientes producto de los insalvables vacíos que tiene la ley constitucional; ello, contrae experiencias que no sólo perjudican al gran Poder Judicial, si no al país mismo.  La gran prueba, se da en lo sucedido en la mayoría de regiones del país con los excesos de los Presidentes Regionales que violando las normas que regulan la administración pública del Estado, todavía el sistema les dispensa defensa, legalidad y otros.


Cuando el sistema, o la interpretación del juez, se ponen de manifiesto, donde se permite inclusive la toma de decisión con libertad de "Conciencia", surgen grandes y graves desavenencias.  Lamentablemente, si el caso reviste ya la condición de cosa juzgada, firme y consentida, poco queda por hacer.  Cuando las puertas de la supuesta legalidad se cierran, pueden quedar abiertas las puertas de lo insuficiente, el error, la mediocridad, el favorecimiento desmedido e interesado.  Queda la duda de la sentencia firme y consentida en la plenitud del derecho.


En el proceso de elecciones regionales y municipales a que me refiero existen experiencias escandalosas de  candidatos en unos casos que purgaron condenas, carcelerías.  Otros, que tienen procesos abiertos con EVIDENCIAS que reunen todas las herramientas de culpabilidad, pero como no están confirmadas, y el inculpado no ha sido sentenciado, entonces participa en procesos de legalidad sin impedimento alguno.  Eontonces,  se permite que en la cola de postulantes se ubiquen ladrones de cuello y corbata, narcos, lavadores de activos, defraudadores de los dineros del Estado.


A pesar que las EVIDENCIAS también son firmes,  y deben incorporarse aprovechando sus aportes, no son suficientes dentro del actual sistema jurídico en el acto de establecer las responsabilidades plenas de los inculpados. Por esta razón, los procedimientos son engorrosos y dan lugar a quebrantar el verdadero valor del fin legal. Aquí está el gran problema, la encrucijada que pone frente a frente la razón legal o jurídica con la evidencia que encierra la verdadera responsabilidad de los postulantes.


Algo que es importante y no sirve en el momento actual para calificar y admitir las inscripciones son los llamadas desbalances patrimoniales.  Los candidatos invierten grandes cantidades de dinero, se muestran benefactores, pero  en la hoja de ruta de la inscripción declaran ingresos económicos y propiedades muy ausentes de respaldos.  Es el caso del alcalde de Lobitos (Talara) que en el respectivo documento de inscripción, admite tener como ingreso por el oficio de alcalde, la suma de   mil seiscientos soles mensuales, sin embargo realiza como a todos consta una campaña opulenta sin que se pueda impedir la candidatura peligrosa.  


Por que no hacer previamente la investigación y verificación respectiva a mérito de higienizar el proceso, que nadie se equivoque ni seamos embaucados con mentiras y falsas declaraciones.  Lo EVIDENTE, debe llevarse a una verificación antes de admitir a un candidato de dudosa procedencia. 
 

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