miércoles, 3 de octubre de 2012

O P I N I Ó N

 
Asignación familiar: ¿monto fijo o proporcional?
 
La asignación familiar es un concepto remunerativo establecido ya hace un buen número de años por una ley, a favor de los trabajadores que tengan hijos menores de edad, como único requisito. El monto de la asignación familiar es equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) por mes calendario. Le corresponde al trabajador acreditar con la partida de nacimiento respectiva ese requisito.
 
El reglamento de dicha ley, en su art. 10, señala que esta asignación familiar se abonará al trabajador en la misma modalidad que la remuneración principal. La ley no dice nada al respecto, sin embargo, limitándose a señalar el monto del beneficio y el requisito. Sucede que el trabajador no labora siempre el mes completo, por lo que surge la pregunta: ¿la asignación familiar debe pagarse por el 10% de la RMV cualquiera sea el número de días trabajados en el mes, o debe pagarse en forma proporcional a esos días trabajados y por tanto la asignación tendrá un monto variable?
 
Quienes abogan por lo segundo, señalan que esto debe ser así, en forma proporcional, por la naturaleza remunerativa de la asignación, que correspondería a una retribución por los servicios prestados, de modo que, si en un momento determinado no hay tal prestación de servicios, tampoco debería existir la retribución por esa proporción de días. E interpretan esa norma del reglamento de la ley en el sentido que esa proporcionalidad estaría contemplada allí, al usarse el término “modalidad”. Por el contrario, quienes opinan que la asignación familiar es un monto fijo, argumentan que la ley no dice nada respecto a esta supuesta proporcionalidad, por lo que el reglamento no puede excederla y establecer algo distinto.
 
 Por lo demás, el término “modalidad” se estaría refiriendo al sistema de pago de la remuneración, por ejemplo, si es semanal, quincenal o mensual, debiendo pagarse la asignación conforme al sistema respectivo, nada más, sin que pueda interpretarse que el término “modalidad” se refiere a una proporcionalidad no prevista expresamente. Finalmente, dicen, si existiera una duda al respecto a nivel legal, esta debería resolverse interpretando las normas a favor del trabajador, antes que del empleador (“principio in dubio pro operario”). Lo anterior parece lo más lógico, en efecto, tanto que así lo entiende el Ministerio de Trabajo, que se ha pronunciado al respecto. Y, al parecer, un buen número de jueces laborales siguen el mismo criterio. Pero, las cosas no son tan simples, al menos en algunos sectores económicos, como el agrícola.
 
 En este último, la movilidad laboral es muy alta, y es frecuente que no pocos trabajadores laboren solo unos cuantos días para la empresa, lo cual ya genera problemas administrativos serios, al tener que darle de alta y de baja repetidamente además de tener que pagar la contribución a EsSalud por la RMV, aunque no se le pague tal cantidad por haber trabajado menos de un mes. A esto, hay que añadir que, pese a haber trabajado solo unos cuantos días, al trabajador agrícola del ejemplo, si tiene hijos, le correspondería una asignación familiar completa, lo cual no parece muy lógico. Si lo vemos así, en caso ese mismo trabajador laborase otros tantos días en el mismo mes para otro empleador, recibiría no una, sino dos asignaciones familiares completas. Creemos que esto amerita una revisión legislativa, para despejar dudas y evitar sobrecostos a las empresas
 
 

Evocación y semblanza de Raúl Porras

 
Solo pronunciar su nombre significa talento, vocación y virtud. Dedicado a la historia, la diplomacia, la política, Porras fue abogado, catedrático universitario y ensayista.

 
Nació en la apacible ciudad de Pisco el 23 de marzo de 1897, hijo de Guillermo Porras Osores y de Juana Barrenechea Raygada. Su tío fue Melitón Porras Osores y su abuelo Melitón Porras Díaz. Raúl Porras, como muchos niños, fue a las primeras letras al Colegio San José de Clumy, después fue alumno de la Recoleta.
 
 

En 1912 ingresó en San Marcos, donde funda la Revista Alma Latina con Guillermo Luna Cartland. Su identificación con la Universidad peruana hizo que su fecunda vida lo lleve a publicar artículos, libros y volúmenes, que constituyen una de las producciones intelectuales más ricas sobre el Perú.

 
De él, Jorge Basadre ha dicho: "A diferencia de los eruditos que se instalan en un período o en un área de un período, la vocación peruanista de Porras irradió sobre todas las épocas de la historia nacional".


"A diferencia de los que publicaron, siendo jóvenes, libros muy aplaudidos y luego no los superaron, la obra de Porras se consolida, se expande y crece en reciedumbre a lo largo de los años..."


Tuve el privilegio de ser su alumna de Historia del Perú. El maestro nos enseñaba a investigar en las fuentes de la historia. Para estudiar los hechos situábamos la geografía leyendo a los expedicionarios como Isaia Baumman, que recorrió el valle de Urubamba cuando no había carreteras y observó también varios restos arqueológicos del incario en esa zona hermosa del Perú.



Todas las clases terminaban con estruendosos aplausos. De sus muchas obras quisiera recordar que él estudió la verdadera fecha de la muerte de Atahualpa, pues circulaba la de 29 de agosto de 1533. Sin embargo, Porras leyó a varios cronistas que informaron que en agosto ya estaban algunos españoles en Jauja y otros en Huaylas. En Cajamarca estuvieron desde el 21 de julio y existe una carta de Pizarro fechada 29 de julio que da cuenta de la muerte de Atabaliba.
 

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