martes, 17 de enero de 2012


< A  C  T  U  A  L  I  D  A  D >


LEGITIMA DEFENSA Y AUTORIZACIÓN PARA PORTAR ARMAS.-



Todas las opiniones tienen sus riesgos.  No existen en ellas respuestas determinantes, porque se producen en una mente humana, susceptibles a la imperfección.

Viene el caso, que en estos días un joven universitario en ejercicio de su derecho a la legítima defensa, victimó a un delincuente que lo asaltaba, e inmediatamente surgió el debate para considerar si los ciudadanos pueden portar armas.

El debate está por darse, siendo que los poderes: Judicial y Legislativo deben convertirse en cabecera de las opiniones mas asequibles cuya aplicación no generen incompatibilidad con el  sistema jurídica que rige a la nación.

La situación se plantea ante la impotencia de la sociedad peruana para derrotar a la inseguridad ciudadana, fenómeno de prioridad uno dentro de los objetivos de la presente administración nacional.  En el curso de estos primeros 5 meses de gobierno, se han multiplicado los esfuerzos, pero de igual, la delincuencia tambien se incrementó en el mismo nivel como un desafío tenebroso.

Llegar a la convicción que la persona y toda la ciudadanía en su conjunto -como en la época del lejano oeste- deben portar armas para que llegado el momento de un ataque a su propiedad, familia y vida, respondan con la vieja sentencia de "ojo por ojo, diente por diente", ese es el dilema.

Los sectores que defiende la teoría de autorizar abiertamente el uso de las armas, esgrimen como argumento que ellas serán utilizadas cuando la persona sufra un ataque y su vida corra peligro en grado extremo.  Pero llegar a una calificación exacta, vale decir determinar en que momento del  peligro hay que hacer uso del arma, allí surge una polémica dificil de establecer los límites legales de la legítima defensa.

La legítima defensa figura jurídica que se encuentra determinada en el derecho peruano, concede la garantía a la persona que victima a su agresor siempre y cuando se encuentre  en extrema desventaja, y se  pueda comprobar que el delincuente sobrepasó las seguridades del otro.   La legítima defensa reviste una interpretación bastante complicada, situación que no podrá garantizarse asi mismo, la persona que es objeto al peligro de su vida o de sus familiares.


El mismo delincuente podría revertir los grados de la legítima defensa a su víctima, si llegara a contar con una defensa como existe ahora, tintirillesca- delictiva, de elevado riesgo que convenza a los jueces y magistrados que su ataque lo revierta en la víctima.  Es un tema cuyo debate va a ser arduo, pero determina su necesidad ante la situación extremadamente grave que afronta la sociedad peruana.

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