jueves, 16 de junio de 2011

INFORMACIÓN REGIONAL…Reactivarán Parque Industrial de Sullana

Sullana/Región Piura, jun 16. En sesión del Pleno del Congreso, realizada ayer se aprobó en primera y segunda votación los dictámenes de las Comisiones de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas; y la de Descentralización del Congreso, que proponen Reactivar y Promover el Parque Industrial de Sullana. La iniciativa legislativa del congresista Carlos Carrasco Távara recibió el respaldo de todas las bancadas y en consecuencia debe traer beneficios para la provincia de Sullana y para la Región Piura.

El Parque Industrial de Sullana fue creado por la Ley 16642 del 3 de julio del año 1967 no obstante de esta normatividad y sin haber sido derogada, el transcurso del tiempo originó que esta ley sea considerada como caduca al no haberse dispuesto norma reglamentaria pertinente para su implementación, señaló el congresista Carrasco. La fórmula sustitutoria de la Ley que propone la Reactivación del Parque Industrial de Sullana, se establece como objeto, la Reactivación y promoción de Sullana, cuya creación fue dispuesta por la Ley 16642 así como su adecuación a la Ley 28183 Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales.

El artículo segundo, por su parte declara de necesidad pública y de preferente interés nacional y regional la reactivación y promoción del Parque Industrial de Sullana, con el  objeto de promover prioritariamente las actividades productivas y de exportación de las empresas instaladas o por establecerse, generación de empleo sostenible, desarrollo económico y social, mejorar y aumentar el nivel de actividad industrial, la planificación del desarrollo regional o urbanístico así como el cuidado y producción del medio ambiente.

En ese sentido, el parlamentario Carrasco Távara, instó a las autoridades e instituciones implicadas en la Ley de Reactivación del Parque Industrial de Sullana, tales como el Gobierno Regional y la Municipalidad Provincial de Sullana, a que establezcan los lineamientos necesarios de acuerdo a su competencia que permitan dar cumplimento a esta Ley. (Andrés Abad Tejada)

No hay comentarios.:

Publicar un comentario