jueves, 10 de noviembre de 2011

NACIONAL

EMPRESAS DEBEN COMUNICAR  A  BANCOS  SUELDOS DE TRABAJADORES

 
Desde mayo del presente año, las empresas y empleadores deben comunicar a los bancos los sueldos de sus trabajadores, para el retiro parcial de la compensación del tiempo de servicios  CTS., de acuerdo a la ley 29352, precisó la Cámara de Comercio de Lima.

Esta ley establece que a partir de mayo del presente año y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores solo podrán retirar hasta el 70% del exceso de seis remuneraciones brutas que se encuentren  depositadas en las cuentas de CTS..

El plazo para que las empresas efectúen el deposito de CTS.. vence el 15 de noviembre próximo, y a partir de esa fecha, se transferirá el dinero correspondiente a la cuenta de cada trabajador.

Las entidades depositarias deben verificar que monto de la CTS.. deposita supere las seis remuneraciones brutas a efecto de dar trámite a las solicitudes de retiro por parte de los trabajadores.

Los empleadores deben comunicar a las entidades depositarias, el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas de cada trabajador.

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