EL NUEVO CODIGO
PROCESAL PENAL A DOS AÑOS DE VIGENCIA EN ANCASH
Este
primero de junio, el nuevo Código Procesal Penal, cumplirá dos años de vigencia
en cuatro Distritos Judiciales: Huánuco, Cerro de Pasco, Ancash y en el Distrito
Judicial del Santa, este último convulsionado por los presuntos casos de
corrupción, y crimen organizado.
Decir en
alta voz, que solamente esto sucede en los Distritos Fiscales y Judiciales de
Ancash y el Santa, no sería del todo correcto, pues la comisión de hechos
ilícitos se ha extendido a todo el país.
El NCPP,
que ya va a cumplir 8 años en el Distrito Judicial de Huaura y apenas dos en
cuatro Distritos Judiciales del país, permite afirmar que el sistema penal
acusatorio, con índices de oralidad, ha permitido ser una buena herramienta
para luchar contra todo tipo de acciones ilícita y que si bien algunos pocos
operadores no han actuado a la altura de la reforma procesal, ello es otro
cantar, pues una golondrina no hace verano.
Nuestro país, hace
poco más de un lustro emprendió un camino de reforma, destinado a modernizar el
Sistema de Administración de Justicia Penal, siguiendo la corriente de cambios
que se venía efectuando en toda América Latina; ésta reforma empieza con la
promulgación del Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29 de julio de 2004,
mediante el cual se dispone la entrada en vigencia de un nuevo texto normativo
denominado “Código Procesal Penal”, el cual está enmarcado en un sistema
acusatorio — adversarial basado en la
oralidad.
Su proceso de implementación, sobre todo en Ancash,
ha implicado un continuo monitoreo y evaluación sobre su funcionamiento y los
resultados que se vienen obteniendo, a fin de identificar los aspectos a
fortalecer y realizar los ajustes necesarios, con miras a que el proceso de
implementación sea exitoso a nivel nacional.
La
implementación del nuevo sistema procesal penal, realizada hasta la fecha en
nuestro país, ha sido de manera integral en 23 Distritos Judiciales y estos son: Huaura,
la Libertad, Moquegua, Tacna, Arequipa, Lambayeque, Piura, Sullana, Tumbes,
Cusco, Puno, Madre de Dios, Cañete, Ica, Amazonas, Cajamarca, San Martín,
Ancash, Santa, Cerro de Pasco y Huánuco, Loreto y Pucalpa, respectivamente.
No hay que perder de vista
que la oralidad de las audiencias, en todos los órganos jurisdiccionales, es el
hábitat natural del Juez y además el indicativo que la reforma procesal en el
país viene dando resultados positivos y que somos ejemplo para los países de la
sub región, que observan con beneplácito nuestro nuevo sistema acusatorio
procesal penal, que tiene como firme propósito luchar contra la corrupción
generalizada, la delincuencia juvenil, el sicariato, el marcaje y el crimen
organizado.
Indudablemente la puesta en
marcha de esta nueva legislación procesal penal, permitirá que disminuya en
forma gradual la incidencia del crimen organizado y la delincuencia juvenil y
por ende mejore la calidad de vida del ciudadano común y corriente, pues los
procesos penales son más cortos y con todas las garantías constitucionales del
debido proceso, pues no hay que perder de vista que la actual situación
penitenciaria ha conllevado que la mayor cantidad de procesados, tengan la
condición jurídica de imputados, que de sentenciados.
Finalmente en nuestro Distrito
Judicial de Ancash, que cumple dos años de vigencia el nuevo Código Procesal
Penal, tenemos la oportunidad de implementarlo de manera eficaz y eficiente,
pues de las experiencias que han tenido otros distritos judiciales, podemos
rescatar sus experiencias positivas y equivocarse menos y así hacer más
predectible y predecible la impartición de justicia, pues al final del túnel,
el verdadero protagonistas del proceso penal, el imputado, requiere de una
justicia rápida, imparcial y transparente.
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