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miércoles, 27 de marzo de 2013

Crónica del Chira

PIURA Y LA CUESTIONADA EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA


En el Perú hay un poco mas de mil Institutos Superiores Tecnológicos Públicos, de los cuales mas del 90% no tienen buena calidad educativa, sostuvo el Vice Ministro, Fernando Bolaños,  de Gestión Institucional del Ministerio de Educación (diario Gestión, pág. 2 del 20.03.2013), de los cuales 28 se encontraban ubicados en la Región Piura. Digo se encontraban porque hoy solo hay 26 incluyendo el nuevo instituto de La Huaca.

Diez años atrás los Institutos Tecnológicos y Pedagógicos así como las Escuelas Superiores de Artes y Música en Piura sobrevivían sin más recursos de los que el Ministerio de Educación les asignaba para el pago de sueldos y salarios y exiguas e inalcanzables partidas para el pago de manteamiento indispensable al funcionamiento de estas entidades.

Las carreras que entonces ofrecían al estudiantado son las mismas que el día de hoy continúa ofreciendo, destacando entre ellas las de enfermería técnica  y contabilidad, como carreras recurrentes de alta demanda y escasa ocupación laboral.

El año 2002, como Congresista de la Republica, y autor de la  Ley N° 27763, Ley Complementaria de Legislación del Canon y Sobre canon para petróleo y gas, en Piura y Tumbes, incluí a los Institutos Superiores de Educación Publica, tanto tecnológicos como pedagógicos y Escuelas Superiores, como entidades perceptoras del  5% del canon y sobre canon, destinado tanto en Piura como en Tumbes, con el fin de reconvertir la caótica y desprestigiada educación superior publica no universitaria de estas regiones en un modelo de educación distinto, con carreras distintas,  destinadas a responder a nuestra realidad. Con profesores altamente capacitados para tener alumnos altamente calificados y disputados por sus merecimientos por el mercado laboral.

Como fruto de la inclusión de estas entidades como perceptoras de un porcentaje del canon petrolero, en Piura, han percibido en el periodo 2003 al 2012, es decir en 10 años la suma de  151 millones 630 mil 640 nuevos soles (fuente: www.perupetro.gob.pe), dinero mas que suficiente que estimábamos debiose invertir en mejorar la calidad educativa y alcanzar, en el mediano plazo, estimado en los pasados diez años, la mas alta calificación entre los institutos educativos del  Perú, porque fuimos pioneros en asignar un recurso destinado y como propio, y que además coincidió con la nueva etapa Descentralista cuyos gobernantes debieron acompañar este esfuerzo con visión futurista.

Del monto percibido en los últimos 10 años, al Instituto Superior Tecnológico Luciano Castillo Colonna, de Talara, le corresponde el 40%, por estar ubicado en zona de producción petrolera. Es decir este Instituto es dueño de 60 millones 652 mil 256 nuevos soles. No hay otro Instituto de esta naturaleza en el Perú con tan alto beneficio, por lo que a estas alturas debiéramos sentirnos satisfechos de tener una entidad educativa, moderna,  y  con la más alta calificación.

 Es importante que la opinión publica conozca que con la Ley N°29693 (de mi autoría) de Homologación del Canon y Sobre Canon para Piura, Tumbes, Loreto Ucayali y la provincia de Puerto Inca en Huánuco, a partir del año 2012 estas regiones y las entidades perceptoras incluidas se benefician con el incremento del  50% del Canon y el incremento del  50% del sobre canon petrolero, pero además también les corresponde el 50% del impuesto a la renta por la explotación del petróleo y gas, en cada región, que pagan  las empresas petroleras y el 50% del impuesto a la renta que pagan las empresas que prestan servicios en cada región a las empresas productoras  de hidrocarburos. Por esta razón el 5% que percibieron los institutos en el año 2012 fue de 32 millones 906 mil 520 nuevos soles, superior a los 22 millones 705 mil 690 nuevos soles del año 2011 (fuente: www.perupetro.gob.pe).  En el 2012 el gobierno no cumplió con pagar el incremento por pago del impuesto a la renta mencionado.

En Piura como en las demás regiones del país estos centros de estudios pasaron a la jurisdicción y competencia de cada gobierno regional, salvo los de Lima que continúan bajo la egida del MINEDU en consecuencia corresponde a los  2.- (continua “Crónica del Chira”: Piura y la cuestionada Educación Superior No Universitaria) gobiernos regionales dictar las políticas educativas. No obstante este beneficio económico, suficiente para ser los mas destacados del Perú, en Piura no hay un proyecto ni plan educativo de este nivel.

En el año 2010 frente al desorden administrativo (por no decir corrupción) y la falta de diseño de una política educativa incorpore en la Ley N° 29465 la Cuadragésima Novena Disposición complementaria y Final, la CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA de los Institutos Superiores de Educación Publica de Piura. Pero fue necesario en el 2011 incorporar en la Ley N° 29626 la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria y final para obligar al Presidente Regional que  cumpla con la Ley N° 29465, y aun así la instalación de esta UNIDAD EJECUTORA, se hizo violando la Ley de creación al omitirse designar como Director de la U.E. a quien en el tiempo ejercía la Dirección del Instituto Luciano Castillo.

El Director designado a  esta Unidad Ejecutora, es el ex secretario de juzgado, y ex sub gerente de normas de la era Atkins, abogado limeño Gino Aldo Cordiglia Gonzales, nunca conocido por capacidad ni experiencia para manejar una U.E.  de carácter estrictamente educativa.  En sus primeros 90 días de gestión ya aparecía en los diarios regionales cuestionado por incumplir la ley de presupuesto al fraccionar y celebrar  90 contratos  de servicios y obras cuyos montos caían en los casos de la adjudicación directa. No obstante que el órgano de control interno del gobierno regional corroboro tales irregularidades, el desorden administrativo y económico continúa sin cesar.

El Presidente Regional llama “pacto político (con quien habrá pactado?) por la gobernabilidad regional” al hecho que a iniciativa de Cordiglia (sic) han celebrado un convenio con una desconocida universidad española denominada “Abat Oliba CEU de Barcelona”, para que desde España (ja, ja, ja) vengan a enseñarnos como implementar 4 nuevas carreras que son: petróleo (España no es gran productor de petróleo), pesquería (tal vez vengan Gallegos), agroindustrias (Perú exporta desde paprika a España) y Hotelería y Turismo (Perú tiene universidades e institutos tan calificados a los que se debe recurrir). Estas carreras ya estaban bajo estudio y con expediente en curso preparados por los profesionales de los mismos institutos al tiempo que el defenestrado ingeniero Jaime Cevallos ejercía la Dirección del I.S.T. Luciano Castillo Colonna. Además porque no recurrir a las Universidades peruanas y a los Institutos Tecnológicos como el CENFOTUR, o a los institutos tecnológicos de la Univ. de Ingeniera, de la Agraria o de la Católica, o al Senati. ¿Quién puede explicar esto? ¡Cuánto costara ese convenio, 8 millones de Euros, 10 millones de dólares, cuanto  habrán pagado?

Pero ahí no termina el desfilparro, digo el desorden económico (por no decir corrupción) de como Cordiglia  maneja los fondos destinados a mejorar la calidad educativa de la juventud piurana. También en ese “’pacto político…” (nadie sabe con quien será ese pacto) HAN CELEBRADO OTRO CONVENIO, esta vez con la Universidad Tecnológica de Monterrey (México) para el otorgamiento de becas de Maestría a los docentes de los institutos tecnológicos de Piura, como si en Piura o en el Perú no tuviéramos excelentes Universidades para que los docentes desarrollen estudios de Maestría. ¿Cuánto nos costara este convenio? Solo Cordiglia y su jefe o alguien que vino de México a residir en Piura lo saben. Porqué no firmaron convenio con el Instituto Tecnológico de Massachusetts, de USA, que es superior al de Monterrey?

Lo cierto es que Cordiglia con dinero de la educación destinado a los Tecnológicos y Pedagógicos ya paseo por España y otros países europeos y para seguir gastando, digo despilfarrando, la caja chica que tiene llena de millones de soles , también alquilo camioneta (4x4, lunas polarizadas y…) para visitar los disminuidos Institutos, sin plan educativo y estudiantes con futuro incierto, pagando renta inclusive en feriado como ocurrió en la navidad pasada.

Si en el Perú, al decir del Vice Ministro, Fernando Bolaños, el 90% de estos Centros Educativos no tienen buena calidad, en Piura, con las autoridades existentes, es probable que superemos ese 90%. Por eso no podemos ni debemos callar. Exigimos que se cumpla la Ley  29465; que por concurso se designe al Director del I.S.T. Luciano Castillo y se le entregue la responsabilidad de dirigir la UNIDAD EJECUTORA 304 para elaborar un proyecto educativo regional. Que rindan cuentas claras de los 151 millones de soles ya recibidos o que nos digan que han hecho o donde están los 55 millones 612 mil 210 recibidos en el 2011 y 2012, era Atkins. O que han hecho con los 60 millones del Luciano Castillo.

viernes, 11 de enero de 2013

P I U R A



PIURA RECIBIO EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS: (2003-2012) TRES MIL MILLONES DE SOLES POR CANON PETROLERO

El departamento de Piura recibe desde 1983 el beneficio del canon del petróleo y gas por la explotación de los hidrocarburos en esta jurisdicción. Tal beneficio se obtuvo mediante la Ley 23630 que en su inicio dispuso compartir con el departamento de Tumbes el l0% de la producción que se extraía de petróleo y gas.

Posteriormente, en 1984, mediante Ley 23871, se creó el sobre canon para Tumbes dándosele un 2.5% de la producción que se explotaba en el territorio de Piura en compensación que entonces Tumbes había dejado de ser territorio de explotación de petróleo y gas, quedando para Piura la percepción de todo el 10%.

De este modo el canon y sobre canon de petróleo y gas del petróleo y gas que se producía solo en el territorio de Piura paso a ser el 12.5% de la explotación de estos hidrocarburos.

Tanto en Piura como en Tumbes las entidades perceptoras recibieron sin variación alguna los porcentajes establecidos en las leyes citadas como canon y sobre canon desde 1983, 1984, hasta el año 2002, fecha de promulgación de la ley de mi autoría N° 27763, denominada “Ley complementaria del canon y sobre canon de petróleo y gas para Piura y Tumbes”.

Esta ley en sí misma no modifica los porcentajes asignados al canon y sobre canon sino que es REDISTRIBUTIVA de los porcentajes correspondiente a las entidades perceptoras.

La ley N° 27763 rige a partir del 1 de enero del año 2003 y redistribuye el canon para Piura y el sobre canon para Tumbes, dándole el 70% en favor de las municipalidades, el 20% al Gobierno Regional, 5% para las Universidades Nacionales e incorpora a los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos, incluyendo a las Escuelas Superiores, públicos, asignándoles el otro 5%. Del 70% destinado a los Gobiernos Locales, el 20% se otorga en exclusividad a las municipalidades de las zonas productoras, luego estas mismas municipalidades participan del restante 50% conjuntamente con las municipalidades de territorios no productores de petróleo y gas.

En el mismo año que empezó a regir la Ley N° 27763, hubo un descubrimiento de gas seco en el distrito de La Unión de la provincia de Piura que motivo un enfrentamiento entre las provincias de Talara con Piura por cuanto solo por el hecho del descubrimiento de ese yacimiento de gas (aun cuando no estaba en producción) las autoridades de Piura lograron en el Ministerio de Economía y Finanzas una mayor asignación de canon a costa de restarle el monto del canon que correspondía a Talara. Esa situación se resolvió con otra ley de mi autoría N° 28277 que establece una mayor asignación de canon, de modo preferencial para las zonas productoras (entonces Talara y Paita).

Para el tratamiento y modificación de las leyes de canon y sobre canon de petróleo y gas que benefician a los departamentos de Piura, Tumbes, Loreto, Ucayali y la provincia de Puerto Inca en el departamento de Huánuco, se tuvo en cuenta la Ley del Canon N° 27506, que señala que los departamentos que disponen de canon y sobre canon, continuaran percibiendo los porcentajes en razón a la producción petrolera. Con motivo del redescubrimiento en el mar de Zorritos (Tumbes) de un yacimiento de petróleo y gas, Tumbes, por Ley N° 29345, desde el año 2010, ha pasado a percibir 10% de la producción en calidad de canon y Piura percibe el sobre canon que la ley asigno a Tumbes.

En el año 2011 se aprobó y promulgo la ley de mi autoría N° 29693 denominada de HOMOLOGACION DEL CANON Y SOBRE CANON AL PETROLEO Y AL GAS, en los departamentos de Piura, Tumbes, Loreto. Ucayali y en la provincia de Puerto Inca en el departamento de Huánuco.

Esta ley se aplica a partir del año 2012 e incrementa el canon al petróleo y gas del 10% al 15%, y el sobre canon sube de 2.5% al 3.75%, es decir los departamentos perceptores ahora reciben adicionalmente 50% más de lo que percibían el año 2011.

Además la HOMOLOGACION consiste que el Estado tiene que pagar a los departamentos perceptores de canon y sobre canon petrolero, el 50% del impuesto a la renta que pagan las empresas petroleras por la extracción de petróleo y gas en cada jurisdicción y el 50% del impuesto a la renta que pagan las empresas prestadoras de servicios a las titulares de las concesiones.

El Ministerio de Economía y Finanzas, a cargo de quien está la SUNAT, a esta fecha, aún no ha elaborado la tabla con la cual se pagara el citado impuesto a la renta, a cada departamento, monto de dinero que el Estado adeuda desde el año 2012.

Es importante señalar que dada la volatilidad del precio del crudo petrolero en el mercado mundial varían también los montos que por canon o sobre canon recibe cada departamento petrolero
Canon y sobre canon petrolero: Piura
Percepción anual en S/. 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 113,449,45 138,129,180 203,095,180 259,960,470 281,066,470 392,292,500 270,215,960 337,117,840 454,114,300 558,333,940

Total: S/: 3,007,775,290

Fuente: Perupetro
En este periodo las Municipalidades de todo el departamento recibieron S/. 2,002,952,880; le sigue el Gobierno Regional con S/. 597,435,660; en tercer lugar se ubican los Institutos Superiores de Educación Publica, Tecnológicos, Pedagógicos y Escuelas Superiores con S/. 145,141,240; le sigue en ese orden la Universidad Nacional de Piura con S/. 110,540,240; y en quinto lugar la recientemente creada Universidad Nacional de Frontera de Sullana (que percibe desde agosto del año 2010) con S/. 34,713,350.

Por ser de importancia nacional y regional, los representantes de las entidades perceptoras del canon y sobre canon petrolero, ergo, los alcaldes, el Presidente Regional, los Rectores y las Unidades Ejecutoras de los Institutos de Educación Superior, deben rendir cuentas, de en qué y cómo invierten los montos percibidos.
Sullana, 08 de enero del 2013