lunes, 15 de agosto de 2011

Descanso por maternidad debe ampliarse a los CAS dice abogado talareño

Pariñas/Talara, Ago. 15. Según indicó el abogado Dr. Víctor Ramírez Montero, la reglamentación de la Ley 26644 en vigencia desde el mes de mayo, sobre el goce del derecho de descanso pre natal y post natal de la trabajadora gestante, tiene como objeto regular aspectos como el descanso adicional por nacimiento múltiple, los requisitos para el goce del descanso pre natal, el aplazamiento del descanso pre natal, entre otras aspectos de dicha norma.

Al respecto, manifestó que aunque es un avance en materia de afianzamiento del trabajo decente, lamenta que el Ejecutivo haya demorado tantos años para reglamentar la referida Ley, para efectivizar su adecuada aplicación. Asimismo, remarcó que de conformidad con el Convenio Nº 183 de la OIT sobre protección y la maternidad, la licencia por maternidad debe tener una duración no menos de 14 semanas, es decir, un total de 98 días.

“El Congreso aprobó un dictamen en la Comisión de Trabajo a fin de adecuarnos a lo establecido por el Convenio OIT Nº 183 y regular un descanso pre natal de 49 días, al igual que el descanso post natal. Además, el gobierno tiene el deber de ampliar esta norma de protección a la trabajadora gestante del régimen de contratación administrativa de servicio (CAS) porque estas mujeres no son ciudadanas de segunda clase para ser discriminadas de esta forma, cuestión que también se ha incluido en el Dictamen de la Comisión de Trabajo”, remarcó el Dr. Ramírez Montero. (AnAbTe)

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